REGLAMENTO DE SORTEO

La promoción Royal Caribbean gánate una cabina en el Wonder Of the Seas el 05 de diciembre 2024 se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la promoción, los participantes aceptan todas las condiciones de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los organizadores. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con la promoción.

El otorgamiento del premio estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución del premio otorgado a cualquier participante que directa o indirectamente incumpla las normas y condiciones aquí establecidas. 

  1. Elegibilidad para participar: Con las excepciones que se dirán, podrán participar en esta promoción todas aquellas personas que al día de inicio de la promoción tengan al menos 21 años, y que durante el plazo establecido al efecto adquieran un crucero de Royal Caribbean a través de su oficina de promoción y mercadeo A to B Wholesaler. Además, los participantes deben contar con pasaporte y visa americana al día para la fecha del sorteo. Todo lo anterior en los términos especificados en este reglamento.

    Los interesados en participar deberán tener al momento del sorteo un documento de identificación válido y reconocido por el Gobierno de Costa Rica.

    No podrán participar las siguientes personas: a. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la empresa organizadora; b. Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta promoción. Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

  2. Organizador: La empresa A to B Travel Wholesaler Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número 3-101-844952 es la organizadora de la promoción y única responsable de la está ante cualquier tercero. Para cualquier aspecto relacionado con esta promoción, atenderá comunicaciones en la siguiente, teléfono: 4032-4200.

  3. Plazos: Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:

    a. Plazo para participar: El plazo de participación inicia el día 01 de septiembre del 2024 y finaliza el día 31 de octubre de 2024.
    b. Fecha del sorteo: El sorteo se realizará el 22 de noviembre de 2024. El organizador podrá modificar la fecha del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participación en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar.
    c. Anuncio de los ganadores: Los ganadores serán anunciados por medio de las redes sociales de Royal AtoB el 20 de noviembre de 2024 después del sorteo.
    d. Fecha límite para reclamar el premio: Después de ser contactado por primera vez por los Organizadores o de que su nombre sea publicado conforme a lo indicado en este Reglamento, (el plazo correrá a partir del evento que ocurra primero), Los ganadores cuentan hasta el 26 de noviembre de 2024 para reclamar el premio obtenido según las instrucciones que se dirán. Una vez vencido este plazo no tendrá derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna.

  4. Forma de participar: Quien desee participar en esta Promoción, deberá en su calidad de consumidor –dentro del plazo promocional.

  5. Territorio: La presente promoción será válida y surtirá efectos únicamente dentro de la República de Costa Rica.

  6. Información del participante: Los organizadores considerarán como participante de la promoción a la persona que haya comprado un crucero durante el periodo de la promoción y que cuenten con las características indicadas en este reglamento. En todo momento, los participantes estarán obligados a brindar información veraz y exacta y garantizan que los datos que aporten son suficientes para ser localizados. El Organizador confiará en dicha información para todos los efectos de la promoción.

    Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al participante implicará su descalificación. Igual consecuencia tendrá el hecho de proporcionar información falsa o inexacta. Cualquier comunicación relacionada con la promoción se le hará según los datos consignados. Al incluir sus datos, el participante manifiesta y garantiza que cuenta con autorización suficiente para participar a título personal y disfrutar el premio.

    Cualquier disputa del participante con terceros en cuanto a la titularidad del premio será un asunto ajeno a los organizadores, independientemente del origen o causa de la adquisición del producto, o de cualquier otro aspecto relacionado con esa o con cualquier otra transacción en la que el participante esté involucrado.

  7. Premios: En esta rifa se otorgará Una (1) cabina de crucero para 2 personas con impuestos portuarios y propinas incluidas en la siguiente salida: Wonder of The Seas con salida el 05 de diciembre del 2025 desde el puerto de Miami, visitando Nassau y Perfect Day at Cococay, con una duración de 3 noches y 4 días.

    Ningún participante podrá ser acreedor de más de un premio.

    El Organizador no cubrirá los gastos en que incurra el ganador para hacer efectivo su premio ni para el goce y disfrute del mismo. El ganador, al firmar el recibo de su premio manifiesta su conformidad y exime de toda responsabilidad a los Organizadores. Una vez recibido el premio de conformidad este no puede ser cambiado por otra fecha, barco, ni puerto de salida.

    El ganador deberá reclamar su premio en las fechas indicadas en este Reglamento (o en las que indiquen los Organizadores) y no podrá apartarse de lo dispuesto por el Organizador.

    Para ser acreedor de un premio, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento. El premio es indivisible, y no podrá ser transferido.

    En el supuesto que por motivos fuera del alcance de los Organizadores se deba suspender el premio, o cualquier porción del premio, o que realizarlo constituya un riesgo inaceptable para la integridad física y/o seguridad del participante, el Organizador tendrá la opción más no la obligación de canjear los premios por otros de costo equivalente a $100 (cien dólares, moneda del curso legal de los Estados Unidos).

    Ningún núcleo familiar de participantes, entendiendo como tal los ascendientes y descendientes de primer grado, podrá ganar más de un premio en la presente Promoción.

    Bajo ninguna circunstancia se podrá obligar a los Organizadores a entregar más premios que los ofrecidos en la publicidad y Reglamento de esta Promoción.

    El ganador, al firmar el recibo de su premio manifiesta su conformidad y exime de toda responsabilidad a los Organizadores. Una vez recibido el premio de conformidad.

  8. Selección del ganador: La selección del ganador será en forma Sorteo electrónico entre todos los participantes de la Promoción. Al momento del sorteo estará presente un Notario Público a elección del Organizador, para que levante un acta en presencia de al menos dos testigos, haciendo constar la identidad de los ganadores. El programa con el que se realizará el sorteo ha sido previamente revisado por técnicos capacitados en la materia y tiene un muy alto nivel de confiabilidad.

    El ganador potencial estará sujeto a verificación por parte del Organizador en cuanto a las condiciones de la Promoción y sus datos personales. Ninguna participación deberá considerarse como ganadora hasta tanto no se verifique la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada, y el cumplimiento de los demás requisitos de este Reglamento.

  9. Comunicación del ganador potencial y reclamo del premio: El ganador potencial será contactado por medio de teléfono, según los datos aportados por el participante. El Organizador realizará un máximo de tres intentos de localizar a cada ganador. De cada intento se dejará constancia escrita. Si no fuese posible localizar a algún ganador potencial, se dejará constancia escrita de tal circunstancia y se procederá a dar el plazo establecido en el presente Reglamento para que los ganadores potenciales se contacten con el Organizador. Si vencido el plazo alguno de los ganadores potenciales no se contacta con el Organizador, se procederá a convocar al primer suplente elegido. El Organizador hará sus mejores esfuerzos por localizar cada ganador potencial, sin que esto implique que asumen responsabilidad alguna en caso de no hallarlo.

    Para reclamar efectivamente su premio, el ganador potencial deberá acudir por sus propios medios al lugar al que se le citará, y portar su cédula de identidad o cualquier otro documento oficial que acredite su identidad y que es mayor de edad. Asimismo, deberá firmar una declaración jurada de elegibilidad, y una liberación de responsabilidad en beneficio de los Organizadores.

    Si un participante seleccionado no se comunica dentro del plazo indicado, si se niega a firmar la declaración jurada y liberación de responsabilidad, o si de cualquier manera incumple este Reglamento, se entenderá que renuncia a su premio. Para prever este supuesto, el Organizador elegirá el día del sorteo a un mínimo de 5 suplentes para que reciban el premio, en caso de que por cualquier motivo alguno de los ganadores potenciales seleccionados no sea elegible. El orden de las suplencias será el mismo en que fueron seleccionados, y el nombre de los suplentes no se hará público a menos que sea necesario darles un premio. Si ninguno de los suplentes anteriores cuenta con los requisitos de elegibilidad, se realizará una nueva selección de suplentes hasta obtener un posible elegible.

  10. Derechos de imagen: El hecho de participar en la promoción implicará el consentimiento de los participantes a que su nombre, voz e imagen sean utilizados en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que los organizadores deseen hacer con relación a la promoción, ya sea durante el plazo promocional o una vez vencido el mismo. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante. Adicionalmente, según se ha dicho, el ganador potencial deberá firmar una autorización expresa para el uso de estos derechos de imagen como condición para que se les entregue el premio.

  11. Responsabilidad del organizador: El organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este reglamento y por la aplicación de este. El ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le den al mismo. Al registrarse los participantes liberan de responsabilidad a los organizadores, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción.

    Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: a) Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.

  12. Suspensión de la promoción: El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores. La alteración de documentos e información sobre el ganador, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

  13. Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la empresa organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.

  14. Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

  15. Identidad de los ganadores y sus acompañantes: Al finalizar la promoción, los nombres, número de cédula o datos de identidad del ganador estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado.
Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento, podrá evacuarse mediante consulta telefónica al número telefónico: 4032-4200.  La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.